Laureano del Castillo*
En momentos en que el Congreso debe definir la ratificación de un tratado de contenido ambiental, el Acuerdo de Escazú, se ha orquestado una campaña dirigida a advertir de los supuestos riesgos que acarrea para el país hacerlo, con la intención de volver las cosas a lo que podríamos llamar “la vieja normalidad”. En otras palabras, con el bloqueo de su ratificación, se trataría de asegurar el seguir haciendo negocios sin atender a nuestras obligaciones de cuidado del ambiente, sin considerar las posibles daños ambientales irreversibles, las afectaciones a la población y generando así riesgos de conflictos sociales.
El Acuerdo y por qué es importante
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, mejor conocido como Acuerdo de Escazú –en referencia a la localidad de Costa Rica en que fue aprobado en marzo de 2018–, es un tratado de contenido ambiental de ámbito latinoamericano.
El Acuerdo, aprobado en forma consensual por 24 países de la región, desarrolla cuatro temas estrechamente relacionados: el derecho a acceder en forma oportuna y efectiva a la información ambiental; el derecho a la participación pública en la toma de decisiones que afecten el ambiente; el derecho a acceder a la justicia para asegurar el cumplimiento de las leyes y derechos ambientales; así como normas de protección de defensores y defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.
Además de desarrollar el derecho a contar con un ambiente sano y equilibrado, entre las ideas que inspiraron el Acuerdo están la construcción de una sólida democracia ambiental, la transparencia, la rendición de cuentas, la toma de decisiones participativa e inclusiva y la defensa de los derechos ambientales.
El Acuerdo no cede soberanía sobre la Amazonía, pues no es un tratado de límites; no obliga a recurrir a la Corte de La Haya en caso de conflictos socioambientales, pues dicha Corte solo ve conflictos entre Estados; ni sustrae a la decisión del Estado el aprovechamiento de los recursos naturales, como se ha afirmado. Con mucha claridad, en un reciente artículo el ex viceministro del Ambiente, Mariano Castro, ha refutado estas y otras tendenciosas afirmaciones que se han levantado en contra de la ratificación del Acuerdo[1].
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De dónde viene Escazú
Uno de los primeros hitos en el desarrollo de la conciencia por el deterioro del ambiente se dio en 1972, cuando se realizó la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano. Años después, la Organización de Naciones Unidas estableció la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la cual presentó en 1987 su primer informe denominado “Nuestro futuro común”, mejor conocido como Informe Brundtland, en referencia al nombre de la primera ministra noruega, Gro Harlem Brundtland, entonces presidenta de la Comisión. Dicho informe analiza, critica y replantea las políticas de desarrollo económico globalizador, reconociendo que el actual modelo de desarrollo tiene un costo ambiental alto y plantea la posibilidad para la humanidad de construir un futuro más próspero, más justo y más seguro.
El Informe Brundtland utilizó por primera vez el término desarrollo sostenible, definido como aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer las necesidades de las futuras generaciones, convirtiéndose así en un referente fundacional del desarrollo sostenible. El concepto “consta de tres pilares, el desarrollo sostenible trata de lograr, de manera equilibrada, el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio ambiente”[2].
En 1992, durante la llamada Cumbre de la Tierra de Río, los líderes mundiales adoptaron el Programa 21, con planes de acción específicos para lograr el desarrollo sostenible a nivel nacional, regional e internacional. Veinte años después de la Cumbre de la Tierra, en 2012, los líderes mundiales se volvieron a reunir en Río de Janeiro a fin de renovar el compromiso con el desarrollo sostenible y evaluar el progreso de su aplicación deficiente en el cumplimiento de los compromisos acordados.
El Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que es justamente desarrollado por el Acuerdo de Escazú, destaca que “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda”. Este es un enfoque que se fue gestando en el ámbito del derecho internacional a lo largo de muchos años.
¡Viene el lobo!
Una serie de mentiras se han levantado en contra de la ratificación por el Congreso del referido tratado como que, de ratificarse, el Perú perdería soberanía sobre su Amazonía y las inversiones mineras y de explotación de otros recursos naturales se paralizarían ante la andanada de eventuales demandas ante la Corte Internacional de La Haya.
Llama la atención que hasta el excanciller del régimen fujimorista, Francisco Tudela, una persona que se esperaría conocedora de estos temas, se prestara a sostener esos argumentos. Así, en una entrevista difundida por medios virtuales[3] expresó, entre otras cosas, que: “El artículo 24 de este nuevo tratado ambientalista que entrega en el fondo la Amazonía a las ONG, a los agitadores y detrás de ellos a enormes intereses internacionales” tendría como finalidad “subvertir a la población contra el Estado”. En un ejercicio de imaginación llega a pronosticar que, de ratificarse, “este acuerdo nos garantiza 100 baguazos”.
Tratando de restar importancia y seriedad al texto del Acuerdo, el excanciller afirma que la firma del Acuerdo fue hecha por un burócrata, ignorando que dicho acto fue realizado por nuestra entonces ministra del Ambiente, luego de un largo proceso de negociación, en el que nuestro país tuvo una activa participación.
Recogiendo las críticas al Acuerdo, y aunque reconocen que varios de los derechos objeto de este han sido recogidos en nuestra legislación nacional, Confiep, Adex y otros gremios empresariales afirman que “Lo más grave que puede ocurrir con una posible ratificación de este acuerdo es la abdicación a nuestra soberanía sobre nuestro territorio nacional”[4]. Afirman además que Escazú sería un “Tratado que genera inestabilidad jurídica en el país”, y que “el Perú estaría expuesto a los marcos normativos internacionales”. Es incoherente que cuando se trata de tratados ambientales, los gremios empresariales temen “que se agoten las instancias nacionales, internacionalizando los problemas”; pero cuando se trata de proteger las inversiones, estos gremios respaldan e incluso exigen que el Perú firme tratados internacionales (como los TLC) con capítulos de garantía de inversiones, que justamente consideran una instancia internacional de solución de controversias que está por encima de las instancias nacionales. Esto lo admite Roque Benavides, ex presidente de CONFIEP, en una entrevista que concedió hace unos años[5].
No solo ratificar; se trata de aplicar
El Perú ha suscrito importantes compromisos ambientales y participó activamente en la aprobación del Acuerdo de Escazú. De hecho, esas negociaciones fueron lideradas por Chile y Costa Rica en su calidad de copresidentes, mientras que en la Mesa Directiva participó el Perú, como Vicepresidente, junto con otros cuatro países. Además de delegados de otros países latinoamericanos y de El Caribe, participaron representantes del público y del sector académico, expertos y otras partes interesadas, de manera colaborativa y en pie de igualdad. En nuestro caso, como recuerda Mariano Castro en el artículo citado, “en agosto del 2019, el Presidente y el Canciller de la República remitieron el proyecto de Resolución Legislativa al Congreso de la República, con el documento que sustenta la ratificación de dicho Acuerdo, incluyendo los informes favorables del conjunto de sectores”.
Más aún, Castro recuerda que en un reciente informe de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos –OCDE–, con la finalidad de lograr un marco sólido de políticas públicas en materia de Conducta Empresarial Responsable –CER–, se recomienda fortalecer la capacidad institucional y proteger “las vías de acceso a la información ambiental, los procesos de participación pública, así como el acceso a la justicia ambiental a través de mecanismos de reparación judiciales y no judiciales”[6].
La Secretaria Ejecutiva de la CEPAL, Alicia Bárcena, con ocasión del segundo aniversario de la adopción del acuerdo, afirmó que no es posible preservar el ambiente sin proteger a quienes lo defienden. Agregó “Este Acuerdo es también por ellas y ellos y, por sobre todo, busca evitar que nadie más sea amenazado, atacado o asesinado por defender el ambiente en nuestra región”[7].
Por su parte, la exministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, afirmó que el Acuerdo de Escazú “fortalece la posición del Perú, no la debilita. Creo que las empresas deberían entender mejor que si protegemos a los defensores ambientales, si damos derecho a la participación, si tenemos más transparencia, vamos a prevenir los conflictos” [8].
Resulta destacable, asimismo, que en junio, con ocasión del seminario virtual “Retos de la Justicia Ambiental en tiempos de la Pandemia Global”, el presidente de la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial –CNGA–, Francisco Távara, anunciara que solicitaría que la Sala Plena de la Corte Suprema del Poder Judicial remita un pedido oficial al Congreso para la ratificación del Acuerdo de Escazú[9].
Sin embargo, en el pasado mes de junio, el ministro de Relaciones Exteriores (RREE), Gustavo Meza-Cuadra, envió una carta a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República, cuestionando el Acuerdo. El punto central en la oposición a Escazú, según el canciller, es que “La naturaleza jurídica vinculante del Acuerdo de Escazú generará una nueva obligación internacional para el Estado peruano, específicamente en materia de defensores de derechos humanos, por lo que estará sujeto a responsabilidad internacional en caso de incumplimiento”[10]. Al parecer, las grandes empresas (y la Cancillería) no quieren nuevas obligaciones internacionales ambientales para el Perú, probablemente porque en instancias internacionales correrían el riesgo de asumir indemnizaciones y restricciones a sus proyectos de inversión.
Si bien, como se ha dicho, buena parte de los derechos que consagra el Acuerdo de Escazú han sido reconocidos en nuestra legislación nacional, es sabido que no basta su vigencia para que estos se apliquen. Por ello, este Acuerdo puede ayudar a la plena vigencia de estos derechos en nuestro país. De esta forma, en contraposición a los presagios de agoreros como Tudela, se trata de prevenir que se repitan nuevos hechos como los de Bagua y se agrave el deterioro ambiental en nuestro país.
Promover las inversiones a costa de la destrucción de la naturaleza es un mal negocio para el Perú. Las ganancias son apropiadas por los inversionistas, pero las pérdidas –en términos de pasivos ambientales, pérdida de biodiversidad, desertificación e impactos negativos del cambio climático– las pagamos todos los peruanos y peruanas. Es momento de cambiar.
* Abogado y Director Ejecutivo del CEPES.
[1] Artículo en el boletín Actualidad Ambiental de la SPDA. Disponible en: https://bit.ly/3jnKlbJ
[2] Página de la Asamblea General de NNUU. Disponible en: https://bit.ly/2OEYYcw
[3] Entrevista en el canal Youtube de El Montonero, el 5 de julio 2020, disponible en: https://bit.ly/3jri3wQ
[4] Comunicado conjunto publicado el 15 de julio de 2020. Puede verse en: https://bit.ly/3eN5Mj5
[5] “Sí es posible retomar la senda del crecimiento sostenido”. Por Roque Benavides Ganoza. En Conexión ESAN https://bit.ly/2EabxdY
[6] “Estudios de la OCDE sobre políticas públicas de conducta empresarial responsable: Perú”. Disponible en: https://bit.ly/3jq5QZm
[7] Página web de CEPAL. Disponible en: https://bit.ly/3joNIiz
[8] Controversias en el Ejecutivo por el Acuerdo de Escazú. ¿Cuáles son las posiciones?”. En: Gestión 13/7/20 https://bit.ly/3fS6Wen
[9] Puede verse en: https://bit.ly/3jqwyB1
[10] Cancillería en contra del Acuerdo de Escazú. En Expreso 11 de julio de 2020 https://bitly.com/